Derecho al olvido oncológico fue despachado a ley

La Cámara de Diputados y Diputadas respaldó de manera transversal el proyecto que busca que quienes hayan padecido cáncer no sufran discriminaciones financieras y laborales, con lo que Chile se transforma en país pionero en Latinoamérica.

El 22 de enero Chile recibió una buena noticia, luego de que fuera despachado a ley el proyecto que establece el derecho al olvido oncológico tras un amplio respaldo de 135 votos a favor de la Cámara de Diputados y Diputadas.

La iniciativa que ya fue aprobada por el Senado y que modifica la Ley Nacional del Cáncer, agregando un nuevo artículo, tiene por fin garantizar que quienes hayan padecido cáncer no sufran discriminación financiera una vez superada su enfermedad. Para ello, acorde a la ley, deberán haber transcurrido cinco años desde recibida el alta clínica.

El texto apunta a dejar nulas las cláusulas de exclusión, de renuncias y sobreprimas que muchas veces sufrían los expacientes de cáncer. Además, prohíbe a las instituciones financieras (y de otra índole) a pedir información oncológica luego de cinco años de remisión de la enfermedad. Tras este plazo, ningún asegurador podrá considerar la existencia de antecedentes oncológicos a efectos de la contratación de un seguro.

Pero eso no es todo, puesto que el escrito también establece sanciones a las aseguradoras o isapres que incumplan esta medida, lo que trae aparejado la anulación de las cláusulas abusivas y la obtención de la prestación, así como cesará el acto que afecte el ejercicio de los derechos de la persona, la que podrá obtener la debida indemnización de perjuicios o la reparación que corresponda.